Sobre este blog
El pasado 3 de septiembre entró en vigor la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
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La nueva norma recorre trasversalmente nuestro ordenamiento jurídico, pero, sin duda, la modificación más importante es la referente al Código Civil que incide plenamente sobre el tema de la modificación de la capacidad de obrar y sus principales consecuencias: la tutela y la curatela.
La reforma actual resulta de mayor calado que la del año 1983, que daría origen al nacimiento de las entidades tutelares, ya que modifica el principio que constituía su piedra angular, el principio de protección. Con la entrada en vigor de la nueva ley, la legitimación para intervenir en la vida de algunas personas con discapacidad ya no es su protección, sino la prestación de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica.
Los profesionales que trabajamos en las que se denominaban “entidades tutelares”, venimos desde hace trece años adecuando nuestros procedimientos y formas de actuación a los postulados de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y hace tiempo que nuestros planes de intervención se diseñan con la participación de las personas con discapacidad.
Pero reconozcamos que nos queda mucho camino que recorrer y muchas dudas que resolver para conseguir el cumplimiento satisfactorio de la nueva legislación.
Y este es el objeto de este blog; servir de instrumento a través del cual, las personas con discapacidad, sus asociaciones, los profesionales de las distintas ramas de las ciencias sociales que formamos parte de los actuales servicios de apoyo, jueces, fiscales y otros profesionales, podamos compartir información, experiencias y conocimiento experto, para construir y ofrecer el mejor apoyo a quienes son ya lo exclusivos protagonistas de la reforma: las personas con discapacidad.
Javier Pallarés
Servicio de Apoyo a la capacidad jurídica
Fundación Manantial
Diciembre 2021